La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha publicado el Boletín de Noticias RED 12/2025, que informa del inicio, a partir del 1 de enero de 2026, del procedimiento de regularización anual de bases y cuotas de los trabajadores autónomos correspondiente al ejercicio 2024.
El boletín detalla las fases del procedimiento, los plazos y opciones para mantener bases superiores, los canales de consulta y atención, el uso de datos suministrados por la AEAT y el impacto sobre la tarifa plana, en función de los rendimientos netos declarados.
Contenido del Boletín RED 12/2025
1. Inicio del procedimiento de regularización
El proceso de regularización se iniciará en enero de 2026 mediante el envío de notificaciones a través de NOTESS a las personas trabajadoras por cuenta propia que hayan estado de alta al menos un día en 2024. El procedimiento se articula en tres fases:
a) Primera fase
Incluye a los autónomos que cotizaron por una base superior a la que resultaría de sus rendimientos netos computables en 2024, pero que pueden mantener dicha base siempre que no supere la base vigente a 31-12-2022.
La opción de mantenimiento podrá ejercerse hasta el último día del mes siguiente al de la notificación del trámite de audiencia (habitualmente, hasta el 28 de febrero de 2026 si la notificación se produce en enero).
b) Segunda fase
Prevista para mediados de febrero de 2026, comprende a quienes hayan cotizado:
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Por una base superior a la determinada por sus rendimientos.
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Por una base inferior a la determinada por sus rendimientos.
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Sin haber presentado declaración del IRPF ante la AEAT.
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Habiéndola presentado, sin declarar ingresos.
c) Tercera fase
Afecta a los autónomos cuya base provisional se convierte automáticamente en definitiva, bien porque coincide con el tramo de rendimientos correspondiente, bien porque el periodo de alta no es regularizable.
2. Canales de atención y consulta
Para resolver dudas sobre el proceso de regularización, la TGSS habilita los siguientes canales:
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Telemático (CASIA), con una categoría específica para Regularización RETA.
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Oficina Virtual, con un servicio específico para consultar la regularización y ejercer la opción de mantener bases superiores dentro del plazo habilitado.
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Atención telefónica, a través de los números 908 70 67 67 y 901 203 040 (opción 9, tras seleccionar “Autorizado RED”), siendo necesaria la identificación del autorizado RED y del trabajador autónomo afectado.
3. Servicios disponibles en la Oficina Virtual
En la Oficina Virtual de la Seguridad Social se habilitan los siguientes servicios:
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Regularización actual: permite visualizar los datos que motivan la regularización y, en su caso, ejercer la opción de mantenimiento de base superior (solo para autónomos not notificados mediante trámite de audiencia – modelos TA U 24 XXX).
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Regularizaciones finalizadas: permite consultar regularizaciones de ejercicios anteriores ya concluidas. Actualmente, únicamente está disponible la correspondiente a 2023.
La opción de mantenimiento de base superior puede anularse dentro del mismo plazo y a través del mismo servicio online.
4. Comunicaciones informativas previas
Antes de la emisión de las notificaciones administrativas formales, la TGSS remitirá correos electrónicos informativos a los autorizados RED afectados, desde la dirección
tcomunica.tgsssscc.sgacor@tgss.mkcld.seg-social.es, con el asunto “Regularización anual trabajadores autónomos”.
Estas comunicaciones tienen carácter meramente orientativo y no sustituyen a la notificación administrativa oficial.
5. Tarifa plana: prórroga del segundo periodo
Conforme al artículo 38 ter de la LGSS:
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El primer periodo de tarifa plana (12 meses) no es objeto de regularización.
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En el segundo periodo (otros 12 meses), la regularización solo procede si los rendimientos netos anuales superan el SMI anual en el ejercicio correspondiente.
En tal caso, se reclamarán las cuotas no ingresadas durante los meses en los que se aplicó la reducción, calculando la parte proporcional de los rendimientos atribuible a dichos meses.
Aunque el beneficio se pierde para 2024, se mantiene para 2025, comprobándose su procedencia en el ejercicio siguiente.
Esta circunstancia se notificará expresamente en la resolución de regularización (modelos TA TPR 24 XXX).
6. Información fiscal suministrada por la AEAT
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha publicado la relación de casillas y claves fiscales que facilita a la TGSS para el cálculo de la base definitiva de cotización, en función del tipo de actividad:
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Actividades económicas, empresariales o profesionales: casillas específicas del modelo 100 (IRPF).
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Actividad a través de sociedades o entidades:
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Modelo 190 (rendimientos del trabajo, incluyendo consejeros, administradores, etc.).
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Modelo 193 (rendimientos del capital mobiliario).
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En el caso de contribuyentes sujetos a las Haciendas Forales del País Vasco o Navarra, las casillas aplicables variarán conforme a la normativa foral correspondiente.

Premio de antigüedad por los 25 años
Interesante, gracias.
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Me han concedido una incapacidad permanente para la conduccion profesional de camionero, pero me llega una notificacion de trafico, diciendo…
buenas noches ha cogido las 10 semanas restante y me gustaria suspenderlas para mas adelante se puede hacer??