El Gobierno aprueba el Real Decreto por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Regulación del acceso a la vivienda y el bono alquiler joven
El RD 42/2022 regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.
Bono Alquiler Joven
Con la finalidad de posibilitar que los jóvenes puedan acceder al alquiler de una vivienda y a su emancipación, el Bono establece una ayuda de 250 euros mensuales durante un plazo de 2 años para cada joven, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- ser persona física y tener hasta 35 años, en el momento de solicitar la ayuda;
- poseer la nacionalidad española, la de algún Estado de la UE, del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación;
- ser extranjero no comunitario en situación de estancia o residencia regular en España;
- ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de arrendatario, un contrato de arrendamiento de vivienda o de habitación;
- no ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España;
- no tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de la vivienda o no ser socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador;
- tener una fuente regular de ingresos;
- que los ingresos de la unidad de convivencia sean inferiores a 3 IPREM;
- que el precio del alquiler de la vivienda no supere los 600 euros/mes (en algunos supuestos pueda ascender a los 900 euros/mes) y, en el caso de los alquileres de habitación, hasta 300 euros por habitación (que pueden elevarse hasta los 450 euros);
- que la vivienda arrendada tenga la consideración de vivienda habitual y permanente.
Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025
El Plan establece una serie de objetivos a corto y medio plazo, la consecución de estos objetivos se estructura en 13 programas de actuación:
a) Objetivos a corto plazo
- facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos con menos recursos;
- facilitar el acceso a la vivienda o a soluciones habitacionales lo más inmediatas posibles a las personas víctimas de violencia de género, objeto de desahucio de su vivienda habitual, sin hogar, especialmente vulnerables, incluidos los supuestos de vulnerabilidad sobrevenida;
- facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes;
- fomentar la oferta de vivienda en alquiler con ayudas a los arrendadores para el pago de un seguro de protección de la renta arrendaticia;
- colaborar con los objetivos del reto demográfico.
b) Objetivos a medio plazo
- incrementar la oferta de vivienda en alquiler social mediante el impulso del parque público de vivienda;
- incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible para las personas mayores o con discapacidad;
- incrementar la oferta de alojamientos y viviendas en alquiler, impulsando la promoción de alojamientos temporales, de modalidades residenciales tipo co-housing, de viviendas intergeneracionales y otras similares en las que, en todo caso, se reduzca la superficie privativa de alojamiento o vivienda y se incremente la superficie de interrelación en comparación con las soluciones habituales de viviendas, que vayan a ser destinados al alquiler, la cesión en uso o a cualquier régimen temporal similar admitido en derecho;
- incrementar la oferta de vivienda en alquiler social mediante el impulso de la puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas a las comunidades autónomas y entidades locales;
- incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible o social poniendo a disposición de las comunidades autónomas y entidades locales, así como de sus entidades vinculadas o dependientes, de viviendas libres de gestores privados de vivienda en alquiler para su alquiler como vivienda asequible o social.
c) Objetivos adicionales
Son también objetivos del Plan:
- seguir contribuyendo a la mejora de la accesibilidad de las viviendas;
- impulsar la regeneración y renovación urbana y rural de zonas degradadas y ámbitos en los que todavía impera el chabolismo y la infravivienda;
- atender al pago de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos, regulados en anteriores planes estatales de vivienda.
Fuente: Lefebvre
Hola, Marcos. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. Si no tienes fijado ningún tipo de objetivos, habría que analizar…
Buenos días, La empresa para la que trabajo me paga un bonus todos los años sinnque haya objetivos firmados. El…
¿Se calcula asi?: La parcial hasta el 2018 el 75%, añadiendo las revalorizaciones. Ordinaria desde desde el 2021 hacia atras…
hola, despues de concederme una incapacidad permanente la dgt me ha iniciado un procedimiento de perdida del carnet tipo A…
Estimado Juan Luis. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. En cuanto a tu consulta, obviamente en caso de mejoría…