La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), mediante oficio, aplicando la jurisprudencia del Tribunal Supremo, cambia su criterio permitiendo que los trabajadores autónomos socios de las sociedades mercantiles capitalistas, anónimas o limitadas, accedan a los beneficios de cotización de la tarifa plana. Acuerda que los recursos de alzada formulados sobre la cuestión se resuelvan estimatoriamente.
Recuerda que la jurisprudencia del TS (TS 3-12-19, EDJ 751580 ; TS 27-2-20, EDJ 512922 ; 4-3-20, EDJ 515348 ) se ha pronunciado declarando el derecho a acceder a esta incentivo [Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo (LETA) art.31] a esta clase de autónomos, lo que obligada a la TGSS a modificar su criterio.
Por tanto, dicta oficio permitiendo que los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas, limitadas o anónimas, accedan a estos beneficios en la cotización.
Respecto de los recursos de alzada que hubieran formulado sobre esta cuestión, y que están pendientes de resolver, se procederá a dictar resolución estimatoria. Y respecto de las resoluciones firmes en vía administrativa, por no haber sido impugnadas o por haber recaído resolución desestimatoria , que hubieran impedido la aplicación de este incentivo, únicamente se procederá a su revisión si se insta expresamente por los interesados. La tramitación y resolución, en su caso, le corresponderá al órgano que dictó el acto originario.
¿Se calcula asi?: La parcial hasta el 2018 el 75%, añadiendo las revalorizaciones. Ordinaria desde desde el 2021 hacia atras…
hola, despues de concederme una incapacidad permanente la dgt me ha iniciado un procedimiento de perdida del carnet tipo A…
Estimado Juan Luis. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. En cuanto a tu consulta, obviamente en caso de mejoría…
Si retiran los carnes profesionales por una incapacidad permanente total, y en la revisión del Inss si la hubiera esta…
Entonces es contradictorio, si la prestación es por días naturales independientemente de los días de trabajo reales, si la sentencia…