Categoría: Fiscal

¿Se pueden compensar los incrementos del SMI con el complemento de antigüedad?

Las subidas del SMI pueden compensarse con las cantidades percibidas por cada trabajador en concepto de trienios, siempre que el convenio colectivo no lo prohíba expresamente. Así, la base de cálculo a la que hay que añadir la cantidad necesaria para llegar al nuevo SMI está constituida por el salario específico de cada categoría y por lo percibido por los trienios cumplidos por cada trabajador.

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