¿En qué consiste el contrato eventual por circunstancias de la producción y cuáles son sus características principales? Detallamos lo más relevante de este tipo de contrato en el siguiente esquema:

Objeto del contrato eventual por circunstancias de la producción

Atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.

Características​ ​del contrato eventual por circunstancias de la producción

Jornada

A tiempo completo o a tiempo parcial.

Duración

Duración máxima: 6 meses dentro de un período de 12 meses.

En atención al carácter estacional de la actividad, los Convenios Colectivos (de ámbito sectorial estatal o inferior):

  • Pueden modificar la duración máxima del contrato, o el período dentro del cual puede celebrarse o ambos.
  • Límite: no pueden establecer un período de referencia superior de 18 meses ni una duración máxima del contrato que exceda de las 3/4 partes de dicho período de referencia, no siendo superior a 12 meses.

Causa

Debe constar con precisión y claridad la causa o circunstancia que lo justifique y además, entre otros extremos, la duración y el trabajo a desarrollar. No es válida la genérica invocación de la necesidad de cubrir los permisos, licencias y vacaciones de los trabajadores de plantilla (TS 10-11-20, EDJ 723646).

La consignación de la causa es un requisito constitutivo, no basta con citar el artículo del convenio al que lo regula (AN 1-3-2017, EDJ 9949).

Se permite su celebración para la realización de campañas o servicios nuevos en la empresa, ya ​que el ET únicamente limita su duración -6 meses- (TS 12-12-18, EDJ 688172​).

Prórroga

Si se concierta por un plazo inferior a la duración máxima (legal o convencional), sin que la duración total del contrato pueda exceder de la duración máxima.

Prórroga tácita si no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continúa prestando servicios.

Extinción

Previa denuncia de cualquiera de las partes, por la expiración del tiempo convenido.

  • Indemnización: 12 días de salario por año de servicio.

Transformación en indefinido

Salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación:

  • Por falta de forma escrita.
  • Por falta de alta en la Seguridad Social, si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba.
  • Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral.

Los celebrados en fraude de ley.​

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