Exoneraciones ERTEs vigentes (RDL 11/2021)
ERTEs por fuerza mayor (RDL 8/2020 art.22) | Prorrogados hasta 30-9-2021.
Solo bonificaciones en determinadas actividades |
– trabajadores que permanecen en ERTE: empresas de menos de 50 trabajadores, 85 % en junio, julio, agosto de 2021 y el 70% en septiembre de 2021 y de 50 o más trabajadores 75% en junio, julio, agosto de 2021 y el 60% de la devengada en septiembre de 2021; – trabajadores que reinicien la actividad: empresas de menos de 50 trabajadores, 95% y de 50 o más trabajadores: 85% de la aportación empresarial. |
ERTEs por limitación en el desarrollo de la actividad | -prorrogados hasta 30-9-2021. Existe la posibilidad de solicitar nuevos ERTES por limitación (hasta 30-9-2021).
-cualquier actividad o sector; -se limita la actividad por medidas adoptadas por autoridades españolas |
Procede exoneración en la cotización (aportación empresarial + conceptos de recaudación conjunta). Porcentajes:
– Menos de 50 trabajadores:
– 50 o más trabajadores:
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ERTEs por impedimento en la actividad | -prorrogados hasta 30-9-2021. Existe la posibilidad de solicitar nuevos ERTES por impedimento (hasta 30-6-2021);
-cualquier actividad o sector; -se impide la actividad por medidas de contención sanitaria o restricciones de las autoridades adoptadas desde 1-10-2020. |
Procede exoneración en la cotización (aportación empresarial + conceptos de recaudación conjunta). Porcentajes:
– Menos de 50 trabajadores: 100% de la aportación empresarial. – 50 o más trabajadores: 90% de la aportación empresarial. |
ERTEs ETOP | -prorrogados hasta el 30-9-2021;
– se tramitan por el por el procedimiento abreviado RDL 8/2020 ar.23; -se mantienen los ERTEs ETOP anteriores hasta su finalización; |
– trabajadores que permanecen en ERTE: empresas de menos de 50 trabajadores, 85 % en junio, julio, agosto de 2021 y el 70% en septiembre de 2021 y de 50 o más trabajadores 75% en junio, julio, agosto de 2021 y el 60% de la devengada en septiembre de 2021; – trabajadores que reinicien la actividad: empresas de menos de 50 trabajadores, 95% y de 50 o más trabajadores: 85% de la aportación empresarial. |
Se considera la afectación de 15% de trabajadores en ERTE y 75% de tasa de recuperación. El nuevo listado de la CNAE -09 excluye determinados sectores e incluye nuevos sectores . |
Hola, Marcos. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. Si no tienes fijado ningún tipo de objetivos, habría que analizar…
Buenos días, La empresa para la que trabajo me paga un bonus todos los años sinnque haya objetivos firmados. El…
¿Se calcula asi?: La parcial hasta el 2018 el 75%, añadiendo las revalorizaciones. Ordinaria desde desde el 2021 hacia atras…
hola, despues de concederme una incapacidad permanente la dgt me ha iniciado un procedimiento de perdida del carnet tipo A…
Estimado Juan Luis. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. En cuanto a tu consulta, obviamente en caso de mejoría…