El RDL 32/2020 introduce medidas para ampliar la protección por desempleo de las personas que agotaron su prestación durante el primer estado de alarma, de los trabajadores del sector cultural y de los trabajadores fijos discontinuos. Además, se suspende el requisito de acreditar la búsqueda activa de empleo para acceder al programa de renta activa de inserción o al subsidio extraordinario por desempleo, y se agiliza la tramitación de los ERTE por impedimento o limitación de actividades.
Medidas sociales complementarias
El RDL 32/2020, con vigencia a partir del 5-11-2020, introduce medidas adicionales a las ya adoptadas para amortiguar los efectos socio-económicos provocados por la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Las medidas ahora adoptadas son las siguientes:
- Se crea un nuevo subsidio especial por desempleo, de 90 días de duración, para las personas que hayan agotado sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020 y no tengan acceso a otras ayudas (ver novedad).
- Nuevas medidas sociales complementarias para salvaguardar la situación de las personas trabajadoras del sector cultural (ver novedad):
- prórroga, hasta el 31-1-2021, de la prestación especial por desempleo de artistas no incluidos en ERTES (art.2);
- nuevo subsidio para el personal técnico y auxiliar del sector de la cultura de 3 meses de duración y en cuantía equivalente al 80% del IPREM (art.3);
- nueva prestación extraordinaria por desempleo para profesionales taurinos (art.4).
- Se suspende, hasta el 31-1-2021, el requisito de acreditar la búsqueda activa de empleo para acceder al programa de renta activa de inserción o al subsidio extraordinario por desempleo (RDL 32/2020 disp.adic.1ª) .
- Mejora de la protección por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos (disp.adic.2ª). A los exclusivos efectos de determinar la duración del subsidio por desempleo de los trabajadores fijos discontinuos, se entienden como trabajados los periodos que, de no haber sido por la crisis sanitaria causada por la Covid-19, hubieran sido de actividad, incluyendo, por tanto, los períodos durante los que fueron beneficiarios de la protección por desempleo contributivo o asistencia (RDL 8/2020 art.25.6).
- Se modifica el art.2 del RDL 30/2020 relativa a los ERTE por impedimento o limitación de actividades para establecer que la solicitud del informe de la ITSS en la tramitación y resolución de los ERTEs es potestativa para la autoridad laboral (disp.final 1ª).
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