Introducción
El Decreto Ley 12/2024, aprobado el 12 de noviembre de 2024, establece medidas fiscales excepcionales para apoyar a las personas y empresas afectadas por las inundaciones ocurridas en octubre de 2024. Su objetivo es mitigar daños personales y materiales, además de impulsar la recuperación económica en las zonas afectadas.
Medidas Principales
SUSPENSIÓN DE PLAZOS
Se prorroga hasta el 31 de enero de 2025 el plazo para la presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de los tributos sobre el juego y del Impuesto sobre Actividades que inciden en el Medio Ambiente cuyo plazo de presentación e ingreso termine entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
Deducción autonómica por destinar cantidades a paliar los daños materiales sobre la vivienda habitual derivados del temporal:
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- 100% de los gastos destinados a reparar viviendas habituales por los daños causados de forma directa y determinante por el temporal.
Nota: En el supuesto de que los contribuyentes hayan percibido ayudas públicas destinadas para hacer frente a los mismos gastos, deberá descontarse de la base de la deducción el importe recibido.
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- Límite máximo: 2.000 € (prorrateable entre contribuyentes), siempre que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 40.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta).
- Requisitos: Aplicable a quienes la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, no superen los 45.000 € (individual) o 60.000 € (conjunta).
- Plazo de aplicación: Ejercicios fiscales 2024 y 2025.
Deducción en el IRPF por aportaciones a los fondos propios de entidades que desarrollen actividades económicas:
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- 45% de deducción de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la suscripción y desembolso de acciones o participaciones sociales.
- Límite máximo: 9.900 €.
- Condiciones:
- Las empresas deben mantener domicilio y actividad económica en la zona por al menos los tres años siguientes a la constitución o ampliación.
- Además, deberá contar con al menos una persona ocupada con contrato laboral y a jornada completa (o varias personas siempre que la suma de sus jornadas equivalga a una completa).
- Las operaciones en que sea aplicable la deducción tienen que formalizarse en escritura pública.
- Si el contribuyente carece de cuota íntegra autonómica suficiente para aplicar la el importe a deducir, podrá trasladarse a los tres períodos impositivos siguientes
- Períodos impositivos: Ejercicios fiscales 2024 y 2025.
INCENTIVOS EN EL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES
Bonificación en las adquisiciones lucrativas mortis causa
- Bonificación del 50% de la cuota tributaria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: En adquisiciones «mortis causa» cuando el fallecimiento sea consecuencia directa de la DANA.
Adquisiciones lucrativas inter vivos. No afectos a actividades económicas
- Reducción del 100% de la base imponible del impuesto a las adquisiciones lucrativas inter vivos, estas donaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
- En beneficio de personas que destinen dicha donación a reparar o reponer bienes dañados.
- Destinadas a la adquisición de otra vivienda habitual del donatario. Recuperar bienes empresariales.
- Base máxima de reducción:000 € (bienes personales).
- El importe deberá realizarse mediante transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
- Plazo: En el plazo máximo de 12 meses desde la adquisición.
Adquisiciones lucrativas inter vivos. Empresa individual o negocio profesional:
- Reducción del 100% de la base imponible del impuesto a las adquisiciones lucrativas inter vivos para la adquisición de bienes afectos al ejercicio de la actividad de una empresa individual o negocio profesional. Serán requisitos de la reducción:
- La base máxima de la reducción no podrá exceder de los 250.000 euros.
- La adquisición deberá efectuarse en documento público cuando el importe exceda de 4.000 euros.
- Se hará constar de manera expresa que lo donado se destina a paliar los efectos de la DANA.
- El importe deberá realizarse mediante transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
- Plazo máximo de 12 meses.
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (ITPAJD)
- Bienes inmuebles
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- Bonificaciones del 100%, siempre que se destine a la adquisición, derecho de uso o disfrute, de bienes inmuebles para reemplazar otros destruidos. Una única adquisición, pudiendo incluir hasta dos plazas de garaje y un trastero
- Documentos notariales
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- 100% de la cuota gradual de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados exigible a las primeras copias de los documentos notariales.
- Adquisición de vehículos
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- Bonificación del 100% de la cuota de la modalidad transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, siempre que se trate de reemplazar el vehículo siniestrado. El vehículo a sustituir, deberá constar baja definitiva en el Registro General de Vehículos.
INCENTIVOS EN TRIBUTOS DEL JUEGO
- Máquinas recreativas. Bonificaciones del 100% la cuota íntegra del tributo sobre los juegos de suerte, envite o azar.
- Salas de bingo. Posibilidad de solicitar devolución o canje de cartones de bingo deteriorados.
CANON DE SANEAMIENTO
- Exención total: Para cuotas devengadas entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025.
- Suspensión de procedimientos de recaudación: Desde el 13 de noviembre de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025.
SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS TRIBUTARIOS
- Plazo ampliado hasta el 31 de enero de 2025 para liquidaciones relacionadas con:
- ITPAJD
- ISD
- Tributos sobre el juego
- Impuestos medioambientales
Consulta el DECRETO LEY 12/2024
Municipios Afectados
Incluyen localidades especificadas en el Anexo del Decreto Ley.
ANEXO I. MUNICIPIOS AFECTADOS
Provincia de Valencia
Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, l’Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa, Mislata, Montroi, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València (pedanías sur), Vilamarxant, Xirivella, Yátova.
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Premio de antigüedad por los 25 años
Interesante, gracias.
Interesante, gracias.
Me han concedido una incapacidad permanente para la conduccion profesional de camionero, pero me llega una notificacion de trafico, diciendo…
buenas noches ha cogido las 10 semanas restante y me gustaria suspenderlas para mas adelante se puede hacer??