Edad | Beneficiario/Tipo de jubilación | Cotización exigida |
52 años (1) | Actividades penosas, tóxicas, peligrosas. Jubilación anticipada |
15 años |
Persona con discapacidad 65%. Jubilación anticipada | 15 años | |
56 años | Persona con discapacidad 45%. Jubilación anticipada | 15 años |
60 años |
Mutualista. Jubilación anticipada voluntaria | 15 años |
Mutualista. Jubilación anticipada involuntaria | 30 años | |
Mutualista. Jubilación parcial anticipada | 33 años
(25 años si discapacidad) |
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Afecto de IPT por contingencias comunes. Vejez por invalidez del SOVI | – 1.800 días al SOVI ,o;
– Afiliación Retiro Obrero |
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– 61 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)
– 62 años (si menos cotización) |
Jubilación anticipada involuntaria (2) | 33 años |
– 62 (si 35 años y 3 meses o más cotizados)
– 63 años (si menos cotización) |
Jubilación parcial anticipada de no mutualistas (3) | 33 años
(25 años si discapacidad) |
– 63 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)
– 64 (si menos cotización) |
Jubilación anticipada voluntaria (4) |
35 años |
65 años | Pensión de vejez del SOVI | – 1.800 días al SOVI, o; – Afiliación Retiro Obrero |
Jubilación no contributiva | – | |
– 65 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)
– 66 años (si menos cotización) (5) |
Jubilación ordinaria | 15 años |
Jubilación parcial diferida | 15 años | |
Jubilación activa | 36 años (6) | |
Más de 65 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)
Más de 66 años (si menos cotización) |
Jubilación demorada | 15 años |
(1) Edad mínima de jubilación por aplicación de coeficientes reductores de la edad que corresponda en función del colectivo de que se trate.
(2) Elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027. En todo caso, se exige una edad inferior en 4 años, como máximo, a la edad legal de jubilación vigente en cada momento. (3) Elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027 (LGSS art.215). (4) Elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027. En todo caso, se exige una edad inferior en 2 años, como máximo, a la edad legal de jubilación vigente en cada momento. (5) Elevación gradual de la edad ordinaria de jubilación de 2013 a 2027. (6) Hasta 31-12-2022. De 2023 a 2026 se exigirán 36 años y 6 meses cotizados, y a partir de 2027, 37 años cotizados. |
Hola, Marcos. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. Si no tienes fijado ningún tipo de objetivos, habría que analizar…
Buenos días, La empresa para la que trabajo me paga un bonus todos los años sinnque haya objetivos firmados. El…
¿Se calcula asi?: La parcial hasta el 2018 el 75%, añadiendo las revalorizaciones. Ordinaria desde desde el 2021 hacia atras…
hola, despues de concederme una incapacidad permanente la dgt me ha iniciado un procedimiento de perdida del carnet tipo A…
Estimado Juan Luis. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. En cuanto a tu consulta, obviamente en caso de mejoría…