Edad Beneficiario/Tipo de jubilación Cotización exigida
52 años (1) Actividades penosas, tóxicas, peligrosas.
Jubilación anticipada
15 años
Persona con discapacidad 65%. Jubilación anticipada 15 años
56 años Persona con discapacidad 45%. Jubilación anticipada 15 años
 

60 años

Mutualista. Jubilación anticipada voluntaria 15 años
Mutualista. Jubilación anticipada involuntaria 30 años
Mutualista. Jubilación parcial anticipada 33 años

(25 años si discapacidad)

Afecto de IPT por contingencias comunes. Vejez por invalidez del SOVI – 1.800 días al SOVI ,o;

– Afiliación Retiro Obrero

– 61 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)

– 62 años (si menos cotización)

Jubilación anticipada involuntaria (2) 33 años
– 62 (si 35 años y 3 meses o más cotizados)

– 63 años (si menos cotización)

Jubilación parcial anticipada de no mutualistas (3) 33 años

(25 años si discapacidad)

– 63 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)

– 64 (si menos cotización)

 

Jubilación anticipada voluntaria

(4)

35 años
65 años Pensión de vejez del SOVI – 1.800 días al SOVI, o;
– Afiliación Retiro Obrero
Jubilación no contributiva
– 65 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)

– 66 años (si menos cotización)

(5)

Jubilación ordinaria 15 años
Jubilación parcial diferida 15 años
Jubilación activa  36 años (6)
Más de  65 años (si al menos 37 años y 3 meses cotizados)

Más de 66 años (si menos cotización)

Jubilación demorada 15 años
(1)  Edad mínima de jubilación por aplicación de coeficientes reductores de la edad que corresponda en función del colectivo de que se trate.

(2)  Elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027. En todo caso, se exige una edad inferior en 4 años, como máximo, a la edad legal de jubilación vigente en cada momento.

(3) Elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027 (LGSS art.215).

(4) Elevación gradual de la edad de acceso hasta el año 2027. En todo caso, se exige una edad inferior en 2 años, como máximo, a la edad legal de jubilación vigente en cada momento.

(5) Elevación gradual de la edad ordinaria de jubilación de 2013 a 2027.

(6) Hasta 31-12-2022. De 2023 a 2026 se exigirán 36 años y 6 meses cotizados, y a partir de 2027, 37 años cotizados.