| Se presume existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquel.
Existe una presunción legal de laboralidad en favor de quienes prestan servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, por parte de empleadoras que ejercen las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita, mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital (ET disp.adic.23ª). |
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Requisitos |
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| Ajenidad | Supone la prestación de servicios del trabajador por cuenta del empleador.
Indicios: – puesta a disposición del empresario de los productos elaborados o de los servicios realizados (TS 11-5-09, EDJ 128288); – profesiones liberales: es indicio de falta de laboralidad percibir la retribución en función de los asuntos en los que ha intervenido, no si la relación laboral se retribuye en función a un parámetro fijo (TS 29-11-10, EDJ 340133). |
| Dependencia | Supone la realización de la actividad dentro del ámbito de organización y dirección del empleador.
Indicios: – asistencia al centro o lugar de trabajo designado por el empresario; – desempeño personal del trabajo; |
| Retribución | La inexistencia de salario determina la inexistencia de contrato por falta de causa (TS 31-5-90, EDJ 5728). La percepción de una retribución sin prestación de servicios no implica la existencia de una relación laboral (TSJ Madrid 20-4-15, EDJ 65181 );
Indicios: – identidad entre las cantidades percibidas por período de tiempo (TS 22-9-98, EDJ 21903). No impide la naturaleza laboral el hecho de que el cobro se haga a través de una sociedad de la que el trabajador es administrador único (TS 19-2-14, EDJ 57417); |
| Otras circunstancias | – Carácter personalísimo
– Voluntariedad |
Esquema: Presunción de laboralidad de las relaciones de trabajo

Premio de antigüedad por los 25 años
Interesante, gracias.
Interesante, gracias.
Me han concedido una incapacidad permanente para la conduccion profesional de camionero, pero me llega una notificacion de trafico, diciendo…
buenas noches ha cogido las 10 semanas restante y me gustaria suspenderlas para mas adelante se puede hacer??