Concepto

– Forma de organización y de realización del trabajo en el que la prestación de la actividad laboral se realiza de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por éste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa;

– Finalidad: favorecer la flexibilidad de las empresas en la organización del trabajo, incrementar las oportunidades de empleo y optimizar la relación entre tiempo de trabajo y vida personal y familiar.

– Es voluntario para el trabajador y el empresario afectados.

Requisitos y características
Forma

– Por escrito;

– Se aplican las reglas de la copia básica del contrato de trabajo;

– Puede formar parte de una descripción inicial del puesto de trabajo o acordarse de manera voluntaria con posterioridad.

Condiciones de trabajo

– Tienen los mismos derechos que los que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, salvo aquéllos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en el mismo de manera presencial;

– Retribución: como mínimo, la establecida conforme a su grupo profesional y funciones;

– Tiempo de trabajo: en ausencia de pautas y criterios de control del tiempo de trabajo, el empresario debe abonar las horas extraordinarias (TSJ Valladolid 3-2-16);

– Formación profesional para el empleo: obligación empresarial de establecer los medios necesarios para asegurar el acceso efectivo de estos trabajadores;

– Obligación de informar a los trabajadores a distancia sobre las vacantes existentes en la empresa. En caso de incumplimiento infracción leve.

Derechos de representación colectiva Pueden ejercer los derechos de representación colectiva. A estos efectos, deben estar adscritos a un centro de trabajo concreto de la empresa.
Seguridad y salud Derecho a una adecuada protección en materia de seguridad y salud resultando de aplicación, en todo caso, lo establecido en la LPRL y su normativa de desarrollo.
Seguridad Social Están incluidos, sin ninguna excepción, en el sistema de Seguridad Social, con independencia del grupo profesional, forma y cuantía de la retribución.