ERTEs por fuerza mayor (RDL 8/2020 art.22) | Prorrogados hasta 31-1-2020.
Solo bonificaciones en actividades |
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ERTEs por limitación en el desarrollo de la actividad |
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Procede exoneración en la cotización (aportación empresarial + conceptos de recaudación conjunta). Porcentajes:
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ERTEs por impedimento en la actividad |
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Procede exoneración en la cotización (aportación empresarial + conceptos de recaudación conjunta). Porcentajes:
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ERTEs ETOP |
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ERTEs de rebrote (RDL 24/2020 disp.adic.1.2) |
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Desde el 1-10-2020 al 31-1-2021, se aplican sobre los trabajadores afectados, las siguientes exoneraciones (RDL 30/2020 disp.trans única):
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Hola, Marcos. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. Si no tienes fijado ningún tipo de objetivos, habría que analizar…
Buenos días, La empresa para la que trabajo me paga un bonus todos los años sinnque haya objetivos firmados. El…
¿Se calcula asi?: La parcial hasta el 2018 el 75%, añadiendo las revalorizaciones. Ordinaria desde desde el 2021 hacia atras…
hola, despues de concederme una incapacidad permanente la dgt me ha iniciado un procedimiento de perdida del carnet tipo A…
Estimado Juan Luis. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. En cuanto a tu consulta, obviamente en caso de mejoría…