Regla general

– el contrato de trabajo celebrado con un extranjero sin autorización de trabajo está afectado de la sanción de nulidad, no obstante es válido, y s​​urte efectos respecto a los d​erechos del trabajador afectado.

– excepción: se considera nulo el  contrato suscrito con extranjero en situación irregular que suplanta la personalidad de un extranjero regular y aporta documentación falsa, generando un error en el consentimiento empresarial que cree estar contratando un extranjero en situación regular (TS 21-1-10, EDJ 14369)

​​Derechos laborales

Despido improcedente – los trabajadores irregulares que hayan sido despedidos tienen derecho a reclamar:
  • los salarios impagados;
  • las retribuciones por va​caciones;
  • los descansos devengados;
  • la indemnización  que corresponda por despido improcedente.

– no se considera causa de despido la ausencia de la pertinente autorización cuando el trabajador ya estaba prestando servicios sin ella;

– puede surgir la responsabilidad del FOGASA;

–  no puede condenarse al empresario del extranjero en situación irregular a su readmisión, ya que resulta de imposible ejecución ante la carencia de autorización para trabajar.

– salarios de tramitación:  con carácter general no corresponde por no ser posible la readmisión. No obstante en TS ha admitido la condena por salarios de tramitación al considerar que los forman parte de la protección legal (TS 21-6-11, EDJ 198190).

Despido nulo por vulneración de derechos fundamentales –  sí hay derecho, con carácter general, al abono de los salarios de tramitación;

–  no procede en ningún caso que se intente la ejecución en sus propios términos o se acuerden las medidas coercitivas pues la readmisión es imposible.​

Despido por no renovación o pérdida  de la autorización para trabajar   ​- la perdida de la autorización para trabajar en España por parte de un trabajador extra​njero supone la extinción de su contrato de trabajo por una causa objetiva legalmente establecida;

– aunque se hubiese pactado de modo explícito, la pér​dida de esta​ autorización no puede considerarse, una​ causa de extinción válidamente consignada en el contrato ya que únicamente pueden pactarse causas de resolución del contrato distintas a las previstas por la ley, y son abusivas las clausula que se apoyen en circunstancias sobre cuya concurrencia no pueda ​influir la conducta del trabajador (TS 16-11-16, EDJ 226152​; TS 23-6-21, EDJ 609740 ).

Derechos de Seguridad Social
Cotizaciones  – el trabajador extranjero en situación irregular no puede pretender del empresario que procedió a despedirle improcedentemente la afiliación y alta  en la Seguridad Social ni el ingreso, a posteriori, de las cotizaciones que pudieran corresponderle por el período trabajado;

– no obstante, pueden considerarse incluidos a efectos de determinadas prestaciones;

– el empresario que ha recibido la prestación de servicios de un trabajador extranjero que no cuenta con autorización ha de ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social la cantidad que corresponda por las cotizaciones que hubiera debido abonar durante la prestación de trabajo, si bien dichas cantidades se ingresan en concepto de multa, incrementando así el montante de la sanción que, en su caso, se imponga al empleador que contrate a trabajadores o percibe la prestación de trabajadores sin la correspondiente autorización administrativa;

– sanción por contratación de trabajadores sin la correspondiente autorización administrativa: constituye una infracción calificada como muy grave (de 10000 a 100.000 euros)

Desempleo – se niega expresamente el derecho a los trabajadores en situación irregular de al percibo de la prestación de desempleo (LO 4/2000 art.36.5, 38.6.b y 57.5.d).

Fuente: Lefebvre