Jubilación parcial anticipada
Reducción de jornada
Según anticipación de la edad de jubilación:
– hasta 2 años: entre el 25% y el 75%.
– más de 2 años:
- el primer año: entre el 20% y el 33%.
- a partir del segundo año: entre el 25% y del 75%.
Posibilidad de acumular el tiempo de trabajo en periodos de días en la semana, semanas en el mes, meses en el año u otros periodos de tiempo, conforme a lo dispuesto en pacto individual o en la negociación colectiva.
Cotización del jubilado parcial
Empresa y trabajador cotizan por la base de cotización que le hubiere correspondido de seguir trabajando a jornada completa.
Industria manufacturera
Reducción de jornada
Entre el 25% y el 67%. Excepcionalmente, hasta el 80%, si el trabajador relevista es contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida.
Posibilidad de acumular el tiempo de trabajo en periodos de días en la semana, semanas en el mes, meses en el año u otros periodos de tiempo, de conformidad con lo dispuesto en pacto individual o en la negociación colectiva.
Cotización del jubilado parcial
– Hechos causantes anteriores a 25-12-2024: de acuerdo con la jornada que realiza al aplicársele la normativa vigente a 31-12-2012.
– Hechos causantes producidos a partir del 25-12-2024, empresa y trabajador cotizan por un porcentaje de la base de cotización que le hubiese correspondido al jubilado parcial de seguir trabajando a jornada completa:
- Durante 2025: 40%
- Durante 2026: 50%
- Durante 2027: 60%
- Durante 2028: 70%
- Durante 2029: 80%.
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Fuente: Lefebvre

Premio de antigüedad por los 25 años
Interesante, gracias.
Interesante, gracias.
Me han concedido una incapacidad permanente para la conduccion profesional de camionero, pero me llega una notificacion de trafico, diciendo…
buenas noches ha cogido las 10 semanas restante y me gustaria suspenderlas para mas adelante se puede hacer??