Medidas extraordinarias

A través del RDL 28/2020 de trabajo a distancia, se vuelven a incluir algunas de las medidas de carácter tributario que ya se recogieron en el RDL 27/2020 , posteriormente derogado por el Congreso de los Diputados (Congreso de los diputados Resol 10-9-2020, BOE 11-9-20 ).

La principal  medidas fiscal es:

  1. Ampliación temporal del Tipo del 0% en IVA (RDL 28/2020 disp. adic. 7ª)

Con efectos 23 de abril de 2020, se amplía hasta el 31 de octubre de 2020 la vigencia temporal del tipo del 0% en IVA a las entregas interiores, importaciones, y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social (LIVA art.20.tres).

Se incluye además, en anexo, la relación de bienes que son susceptibles de aplicar este tipo 0% (RDL 28/2020 disp. adicc.7ª).