Con el objetivo de mejorar el control tributario y la transparencia en las operaciones financieras y de cobro, se aprueban los modelos 196, 181, 170 y 174, estableciendo sus condiciones, procedimientos de presentación y contenido, y se modifica la regulación del modelo 171.
Modelos 196, 181, 170, 171 y 174
La OM HAC/747/2025 surge como consecuencia de la reforma operada por el RD 253/2025, por el que se modifican en materia de obligaciones de información, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF) y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGGI art.37, 38, 38 bis y 38 ter).
Con el fin de introducir los cambios necesarios en los modelos de declaración afectados, así como un nuevo modelo de declaración de la obligación contenida en el RGGI art.38 ter, se aprueban y regulan los modelos 196, 181, 170 y 174, estableciendo sus condiciones, procedimientos de presentación y contenido, y se modifica la regulación del modelo 171.
El objetivo es adaptar la normativa a los nuevos requerimientos de información, ampliar el ámbito subjetivo de los obligados a declarar, precisar el contenido de la información a suministrar y, en algunos casos, modificar la periodicidad de la declaración.
A) Nuevos modelo
| Modelo | Finalidad | Obligados tributarios | Periodicidad | Plazo de presentación | Medio de presentación | Regulación |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 196 | Declaración informativa mensual de cuentas y resumen anual de retenciones | Entidades financieras, Banco de España, entidades con cuentas de no residentes | Mensual | Mes siguiente | Telemático | (OM HAC/747/2025 art.1 a 5) |
| 181 | Declaración de préstamos y créditos, y operaciones con inmuebles | Entidades del RGGI art.38.1 y 54 | Anual | 1-31 enero año siguiente | Telemático | (OM HAC/747/2025 art.6 a 9) |
| 170 | Declaración mensual de operaciones realizadas con tarjetas y pagos móviles | Empresarios con sistemas de cobro electrónico | Mensual | Mes siguiente | Telemático | (OM HAC/747/2025 art.10 a 13) |
| 174 | Declaración sobre todo tipo de tarjetas | Entidades del RGGI art.38 ter.1 | Anual | 1-31 enero año siguiente | Telemático | (OM HAC/747/2025 art.14 a 17) |
| 171 | Declaración anual de imposiciones, disposiciones y cobros de documentos | Adaptado a los obligados, contenido y diseños lógicos | Anual | 1-31 enero | Telemático | (OM HAC/747/2025 disp.final 1ª) |
B) Se regula de forma común para los modelos 196, 181, 170 y 174 las condiciones y procedimientos para su presentación(OM HAC/747/2025 art.18).
C) Acreditación de la condición de contribuyente del IRNR
Se mantiene la posibilidad de acreditar la condición de contribuyente del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, idéntica a la prevista en la normativa anterior del modelo 291 (OM HAC/747/2025 disp.adic única).
D) Modificación del modelo 171
Respecto a la Declaración Informativa. Declaración anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, se adaptan los obligados, el contenido y los diseños lógicos (OM HAC/747/2025 disp.final 1ª).
E) Con efecto para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2026 y siguientes quedan derogados:
| Modelo | Finalidad del modelo | Sustitución | Norma derogada |
| 291 | Declaración de cuentas de no residentes (IRNR) | Nuevo modelo de declaración Anexo IV | OM EHA/3202/2008 |
| 196 (anterior) | Retenciones y saldos en cuentas | Nuevo modelo 196 | OM EHA/3300/2008 |
| 181 (anterior) | Préstamos y créditos sobre inmuebles | Nuevo modelo 181 | OM EHA/3514/2009 |
| 170 (anterior) | Operaciones con tarjeta de crédito o débito | Nuevo modelo 170 | OM EHA/97/2010 |
F) Entrada en vigor
Con entrada en vigor el 1-1-2026 y siendo de aplicación por primera vez, respecto de los modelos 170 y 196, para las declaraciones relativas al mes de enero de 2026 y en lo que respecta a los modelos 171, 181 y 174, para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2026, a presentar en enero de 2027.
Nota: Para más información sobre el RD 253/2025 puede consultar la novedad publicada el 2-4-2025 “Se modifican el Reglamento del IRPF y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria – ADN – Análisis de Novedades
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Fuente: Lefebvre

Premio de antigüedad por los 25 años
Interesante, gracias.
Interesante, gracias.
Me han concedido una incapacidad permanente para la conduccion profesional de camionero, pero me llega una notificacion de trafico, diciendo…
buenas noches ha cogido las 10 semanas restante y me gustaria suspenderlas para mas adelante se puede hacer??