Impuesto de Sociedades

El Consejo de Ministros aprobó y publicó el pasado 30 de septiembre de 2016 el Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre por el cual se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. El objetivo fundamental es aumentar los ingresos públicos para cumplir con los compromisos adquiridos con la UE, reafirmar la credibilidad de las finanzas públicas y continuar generando confianza en la economía española.

La principal medida adoptada es el restablecimiento de la figura de un tipo mínimo en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades que afectará a los contribuyentes cuya cifra neta de negocios en el ejercicio anterior sea igual o superior a 10 millones de euros.

No se trata de una subida del tipo de gravamen del impuesto sino de un mayor adelanto a cuenta del citado impuesto. Dicho pago fraccionado será descontado cuando presenten la oportuna declaración del Impuesto sobre Sociedades.

El Real Decreto entró en vigor el mismo día de su publicación, siendo de aplicación a aquellas entidades que deban presentar los mencionados pagos fraccionados en octubre y diciembre de 2016, siempre y cuando cumplan los requisitos legales para la aplicación de este pago mínimo a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.

Incorporamos el informe realizado por la AEDAF, de la que somos miembros.

Modificación de la regulación del pago fraccionado del Impuesto sobre sociedades

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