TS 5-2-2026 · EDJ 514619

El Tribunal Supremo reitera su doctrina consolidada y declara que la duración del permiso retribuido por hospitalización de familiares no se extingue con el alta hospitalaria si esta no va acompañada de alta médica. El trabajador puede disfrutar de la totalidad del permiso de 5 días después del alta hospitalaria cuando se ha prescrito reposo domiciliario, porque el paciente sigue necesitando cuidados y no está todavía curado.

El conflicto: la empresa limitaba el permiso al periodo de hospitalización

Las Federaciones sindicales CCOO y UGT presentan demanda de conflicto colectivo contra un grupo empresarial por la interpretación y aplicación del permiso retribuido de 5 días previsto en el art. 37.3.b) del ET para el cuidado de familiares hospitalizados o con intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario. La empresa limitaba el permiso al periodo de hospitalización, sin extenderlo hasta el máximo legal de 5 días cuando, tras el alta hospitalaria, se prescribía reposo domiciliario al familiar.

Estimada la demanda por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, el grupo empresarial plantea recurso de casación ante el TS.

La cuestión debatida: ¿puede continuar el permiso tras el alta hospitalaria?

El conflicto surge porque la empresa vinculaba la duración del permiso exclusivamente al periodo de hospitalización, de modo que el alta hospitalaria implicaba su finalización, aunque el familiar siguiera necesitando cuidados en el domicilio. Las organizaciones sindicales sostienen, por el contrario, que el permiso debe mantenerse mientras subsista la causa que lo justifica, hasta el máximo legal.

La finalidad del permiso como elemento determinante

Para resolver la controversia, el TS atiende a la finalidad del permiso: permitir que la persona trabajadora pueda atender y cuidar al familiar en una situación de enfermedad o intervención que requiere asistencia. Desde esta perspectiva, la hospitalización no constituye el único elemento determinante del derecho, sino una manifestación de la situación que genera la necesidad de cuidado.

Este criterio se refuerza por la propia configuración legal del permiso, que contempla también los supuestos de intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario, lo que evidencia que la necesidad de cuidados —y no el ingreso hospitalario en sí mismo— constituye el verdadero fundamento del derecho (ET art. 37.3.b).

Doctrina consolidada: el alta hospitalaria no extingue el permiso si persiste la causa

El TS recuerda la doctrina consolidada según la cual el alta hospitalaria no implica necesariamente la desaparición de la causa del permiso, ya que el paciente puede requerir todavía atención en el domicilio (TS 5-3-2012, EDJ 43835; TS 12-7-2018, EDJ 571954). Por ello, cuando el alta hospitalaria no va acompañada de alta médica y se prescribe reposo domiciliario, debe presumirse que persiste la situación que justifica el permiso.

En consecuencia, el permiso puede continuar tras el alta hospitalaria siempre que concurran dos circunstancias:

  • Que no exista alta médica.
  • Que se haya prescrito reposo domiciliario.

En tal caso, el permiso se mantiene hasta completar el límite máximo legal de cinco días.

Resultado: se desestima el recurso y se confirma la sentencia de la Audiencia Nacional

El TS desestima el recurso del grupo empresarial y confirma que la práctica de vincular la finalización del permiso al alta hospitalaria, con independencia de la situación médica del familiar, no se ajusta a Derecho.