Con vigencia desde el 4-11-2022, se aprueba y publicita el procedimiento para la valoración de los puestos de trabajo con perspectiva de género. Asimismo, se establece que la valoración de puestos de trabajo realizada utilizando la herramienta publicada en las páginas web del MTES y del Ministerio de Igualdad cumple los requisitos formales exigidos.
Procedimiento de valoración de puestos de trabajo
Para cumplir las obligaciones legales para las que resulta necesario realizar una valoración de los puestos de trabajo, se previó el establecimiento de un procedimiento que sería aprobado mediante propuesta conjunta del MTES y del Ministerio de Igualdad (RD 902/2020 disp.final.2).
En cumplimiento de este mandato, el MTES y el instituto de las Mujeres, con la participación de los interlocutores sociales, han desarrollado una herramienta informática que incorpora un modelo voluntario para que cada empresa pueda evaluar el valor que aporta cada puesto de trabajo al conjunto de la organización y visibilizar aquellas tareas que, por estar ligadas a puestos de trabajo altamente feminizados, no se valoran debidamente.
Mediante esta orden y con vigencia desde el 4-11-2022, se aprueba y publicita este procedimiento de valoración de los puestos de trabajo con perspectiva de género a los efectos de garantizar la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. La implementación del procedimiento tiene carácter voluntario y se llevará a cabo a través de la herramienta elaborada al efecto para evaluar la contribución de cada puesto de trabajo al conjunto de la organización.
Asimismo, se establece que la valoración de puestos de trabajo realizada utilizando la herramienta publicada en las páginas web del MTES y del Ministerio de Igualdad cumple los requisitos formales exigidos para el cumplimiento de lo establecido en el RD 902/2020.
El seguimiento de la implementación tanto de la herramienta de valoración de los puestos de trabajo, como de la herramienta de igualdad retributiva (IR!) está encomendado al MTES y al Ministerio de Igualdad, a través del Instituto de las Mujeres, realizarán, junto con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
Junto con la herramienta de valoración de puestos de trabajo se prevé la publicación de una a guía de uso que, igualmente, ya ha sido publicada.
Síguenos en LinkedIn
Fuente: Lefebvre
Hola, Marcos. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. Si no tienes fijado ningún tipo de objetivos, habría que analizar…
Buenos días, La empresa para la que trabajo me paga un bonus todos los años sinnque haya objetivos firmados. El…
¿Se calcula asi?: La parcial hasta el 2018 el 75%, añadiendo las revalorizaciones. Ordinaria desde desde el 2021 hacia atras…
hola, despues de concederme una incapacidad permanente la dgt me ha iniciado un procedimiento de perdida del carnet tipo A…
Estimado Juan Luis. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. En cuanto a tu consulta, obviamente en caso de mejoría…