El 30 de septiembre finaliza el tercer plazo para solicitar ante la TGSS el cambio de base de cotización en el RETA. Las nuevas bases elegidas surtirán efectos a partir del 1 de octubre.
Cambios de bases de cotización
Los trabajadores autónomos pueden modificar la base de cotización por la que vengan obligados a cotizar hasta 4 veces dentro del mismo año natural eligiendo otra entre los límites máximo y mínimo aplicables a cada ejercicio. Las solicitudes se deben formular ante la TGSS, en los siguientes plazos:
- entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efectos desde el 1 de abril;
- entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efectos desde el 1 de julio;
- entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efectos desde el 1 de octubre;
- entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.
La solicitud de cambio de base de cotización se puede presentar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Administración de la misma (de forma presencial) o telemáticamente a través de la Sede Electrónica > accediendo a: Empresas / Afiliación e Inscripción / Cambio de base de cotización – autónomos.
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