Definición de registro retributivo o salarial
El registro salarial obligatorio, también conocido como registro retributivo, es un documento en el que se hacen constar todos los valores medios de los salarios de los trabajadores de una empresa. Incluye, además, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales.
Finalidad de un registro retributivo o salarial
Garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones de manera actualizada y permitir el acceso a la información retributiva de la empresa mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados.
Ámbito de aplicación del registro retributivo o salarial
- Todas las empresas, incluidas las ETT, con independencia de su tamaño.
- Toda la plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.
Contenido
- Recoge los valores medios -media aritmética y mediana- de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales del personal, desglosados por sexo, y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
- Cuando en una empresa con 50 o más trabajadores, el promedio de las retribuciones de los trabajadores de un sexo es superior a los del otro en un 25% o más , tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas: una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo.
Forma
- Consulta con la representación legal de los trabajadores al menos 10 días antes de la elaboración del registro (o su modificación).
- Se puede utilizar el formato recogido en la web del MTES y del Ministerio de Igualdad (1).
Período natural de referencia
1 año, sin perjuicio de las modificaciones que fuesen necesarias en caso de alteración sustancial de cualquiera de los elementos que integran el registro.
Acceso por las personas trabajadoras
- Con RLT: acceso a contenido íntegro.
- Sin RLT: no se comunican los datos promediados respecto a las cuantías efectivas registradas, solo las diferencias porcentuales que existan en las retribuciones promediadas de hombre y mujeres.
1) En la página web tanto del MTES como del Ministerio de Igualdad se ha puesto a disposición de las empresas una herramienta para la igualdad retributiva (IR!) que incorpora un modelo de registro retributivo voluntario.
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Fuente: Lefebvre
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