El Tribunal Supremo declara que la obligación empresarial de entregar recibo de salarios con la debida claridad y separación exige, además de enumerar los conceptos retributivos y deducciones, incluir la información necesaria para que el trabajador pueda comprobar la corrección del cálculo —bases, unidades, periodos y ajustes por incidencias—, con el mínimo de operaciones matemáticas.
El origen del conflicto: nóminas con conceptos pero sin bases de cálculo
Un sindicato considera que la empresa confecciona las nóminas conforme a un modelo que no presenta carencias en cuanto a los conceptos reflejados, pero sí en cuanto a ciertos aspectos de los mismos. En concreto, entiende que, para cumplir las exigencias legales de claridad y transparencia, las nóminas deberían incluir un desglose y aclaración de conceptos salariales variables, atrasos e incidencias —IT/AT, huelga, licencias sin sueldo, etc.—, con indicación de fechas, periodos y días efectivamente abonados.
El sindicato presenta demanda de conflicto colectivo solicitando que se declare la obligación empresarial de entregar las nóminas con esa información complementaria.
Valoración del Tribunal Supremo: el modelo oficial no garantiza por sí solo la claridad exigida
Para resolver la cuestión, el TS utiliza los siguientes argumentos:
- El modelo de nómina utilizado por la empresa es detallado en cuanto a los conceptos retributivos que contiene, ya que reproduce los apartados del modelo oficial establecido en la norma (OM 27-12-1994 y OM 6-11-2014).
- Sin embargo, no cumple con el requisito de claridad exigido legalmente (ET art. 29.1), porque, aunque el trabajador puede conocer los conceptos por los que se le retribuye, no conoce las bases del cálculo —el tiempo al que se refiere, los porcentajes aplicados, etc.—, lo que le impide comprobar la corrección de la liquidación realizada por la empresa.
- No cabe trasladar al trabajador la carga de llevar el control sobre sus propias condiciones en la prestación de servicios, sustituyendo con ello la actividad administrativa y de control propia de la diligencia exigible a un ordenado empleador (TS 17-1-2019, Rec 200/17, EDJ 2507510).
Resultado: la empresa debe incluir en la nómina las bases que permiten controlar la liquidación
El TS exige a la empresa que incluya en los recibos de salario aquellas circunstancias que hacen posible el control de la liquidación realizada por la empleadora, sin las cuales no puede predicarse la necesaria claridad de la hoja de salarios. Esto implica reflejar, al menos, las bases de cálculo, los periodos a los que se refieren los conceptos variables y los ajustes derivados de incidencias como IT, huelga o licencias sin sueldo.

Premio de antigüedad por los 25 años
Interesante, gracias.
Interesante, gracias.
Me han concedido una incapacidad permanente para la conduccion profesional de camionero, pero me llega una notificacion de trafico, diciendo…
buenas noches ha cogido las 10 semanas restante y me gustaria suspenderlas para mas adelante se puede hacer??