Con vigencia desde el 9-12-2021, se modifican las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Su finalidad es adaptar el contenido de sus anexos a lo establecido en la normativa europea (Dir 2019/1832).
Modificación de la normativa sobre EPIs
Con vigencia desde el 9-12-2021 se modifica el RD 773/1997, de 30 de mayo sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. La finalidad es incorporar al mismo el contenido de la normativa europea (Dir (UE) 2019/1832).
En particular, se modifican los anexos de la norma para adaptarlos a la directiva y garantizar que los EPI proporcionados por los empresarios a sus trabajadores y trabajadoras respeten los requisitos establecidos en el Rgto (UE) 2016/425, evitando que la falta de armonización en su terminología de lugar a contradicciones entre la normativa relativa al diseño, la fabricación y la comercialización de equipos de protección individual y la normativa en materia de utilización de equipos de protección individual.
La norma consta de un artículo con cinco apartados, en los que por una parte, se modifican las referencias a los anexos y por otro se incluyen tres nuevos anexos con el siguiente contenido:
a)Anexo I: Esquema indicativo de los riesgos en relación con las partes del cuerpo que se pueden proteger con los EPI.
b)Anexo II: La lista no exhaustiva de los tipos de EPI en relación con los riesgos contra los que protegen.
c)Anexo III: La lista no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de EPI.
Fuente: Lefebvre
Entonces es contradictorio, si la prestación es por días naturales independientemente de los días de trabajo reales, si la sentencia…
Estimado Daniel. Muchas gracias por utilizar nuestro servicio web. Respecto a tu consulta, salvo que tengas algún acuerdo específico en…
Y si una persona a turnos elige una semana donde descansaba 4 días y trabajaba 3, la empresa le deberá…
Hola. Repasando la respuesta me he dado cuenta que usted hace referencia a Hacienda, en mi consulta me refería a…
Buenas tardes. Gracias por responder. Su web informa de la normativa existente, pero como informativa que es, creo que deben…